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Municipio de Bello verifica prevención y gestión del riesgo en unidades residenciales

#LaChivaRadio / Prensa Alternativa



Personal de la Secretaría de Gestión del Riesgo y Atención de Desastres de Bello adelanta visitas de sensibilización con las administraciones de las unidades residenciales, edificios de propiedad horizontal, condominios y constructoras de la ciudad, con el fin de verificar las normas que deben cumplir en materia de prevención y atención de riesgos.

Con el apoyo de técnico del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Bello, se busca que este tipo de edificios y conjuntos habitacionales cumplan con las condiciones establecidas sobre conocimiento, reducción del riesgo y manejo de desastres, según lo estipulado en la Ley 1523 de 2012 de Gestión del Riesgo, y a la Ley 400 de 1997 que es la norma sismo resistente.

Para las visitas iniciales de socialización y posterior inspección por parte del Cuerpo de Bomberos, se tiene en cuenta: • Norma para la instalación de conexiones de mangueras contra incendio. • Certificado de seguridad locativa de bomberos y la red contraincendios en estado operativo. • Extintores portátiles contra incendios y lámparas de emergencia en sus zonas de tránsito. • Código de alarmas contra incendios. • Puertas de emergencias en buen estado con sistema anti pánico de apertura. • Escaleras de evacuación con doble pasamanos. • Camillas y botiquines ubicados en las zonas comunes y piscinas. • Señalética de emergencias y de rutas de evacuación. • Sistemas de Prevención Preparación y Respuestas Ante Emergencias (PPRAE) y cumplimiento documental. • Planes para la Gestión del Riesgo de Desastres.



Desde la Alcaldía de Bello y sus secretarías de Gestión del Riesgo y Atención de Desastres, Planeación y Seguridad y Convivencia Ciudadana hacen un llamado a las unidades residenciales, edificios de propiedad horizontal, condominios y constructoras de la ciudad, a cumplir las normas, cuyo incumplimiento puede generar multas sucesivas de hasta 300 salarios mínimos mensuales, según lo expuesto en el artículo 11 de la Ley 1796 de 2016 para los titulares de licencias de construcción, constructores responsables y enajenadores de vivienda que permitan la ocupación de edificaciones nuevas sin haber protocolizado y registrado la certificación técnica de ocupación.



Dirección Administrativa de Comunicaciones Alcaldía de Bello. Directora: Juliana Palacio Roldán Contacto para prensa: Jairo Piedrahita Lopera

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