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“Seguiremos Resistiendo”: Dijo Daniel Quintero.



“Seguiremos resistiendo”: Daniel Quintero, luego de que el Consejo de Estado dejara en firme suspensión como alcalde.

El alto tribunal negó la solicitud que buscaba suspender el fallo de la Procuraduría General de la Nación mediante el cual fue separado de su cargo el alcalde de Medellín, Daniel Quintero.


Este jueves 10 de junio, el Consejo de Estado negó la solicitud que buscaba suspender el fallo de la Procuraduría General de la Nación mediante el cual fue separado de su cargo el alcalde de Medellín, Daniel Quintero, por su presunta participación en política, tras compartir algunos mensajes que fueron entendidos como un supuesto apoyo al líder de oposición y candidato presidencial de la alianza de izquierda del Pacto Histórico, Gustavo Petro.


La sala del alto tribunal decidió no decretar las medidas preventivas señalando que la suspensión del cargo, que tiene una vigencia de tres meses o hasta que termine el proceso electoral en Colombia, es una medida provisional, no definitiva, que tiene el propósito que el mandatario de la capital antioqueña no vaya a interferir en la contienda electoral que se definirá el próximo 19 de junio, en el ejercicio de su cargo.


“La medida, además, es necesaria y proporcional, teniendo en cuenta que la afectación de los derechos del funcionario investigado, en todo caso, no es superior a los beneficios que se obtienen con ella, máxime si se considera que la suspensión provisional es por tres meses o menos, esto es, hasta que finalice la contienda electoral del país, a la vez que el viceprocurador general de la Nación tiene competencia preferente para asumir el conocimiento de la investigación seguida contra el alcalde”, indicó el Consejo de Estado.


En las demandas de acción de tutela, Quintero alega que al haber sido apartado de su cargo, de manera provisional, se desconocía el precedente establecido por el alto tribunal frente a las competencias del Ministerio Público con relación a los funcionarios elegidos por voto popular a la luz de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). No obstante, el Consejo estableció que dicho precedente se estableció en el caso de sanciones definitivas, más no para medidas preventivas.


En ese sentido, el alto tribunal indicó que el problema jurídico había sido sometido a estudio que condujo a concluir que el órgano de control tiene competencias para suspender de manera provisional a los servidores de elección popular, debido a que la limitación que tiene la Procuraduría corresponde a la imposición de una suspensión como sanción definitiva, con lo que en su caso aplicaba.


“Frente a la petición de dejar sin efectos la designación del alcalde encargado por no pertenecer al mismo movimiento político de Daniel Quintero, la sala decidió no pronunciarse, en vista de que la Presidencia de la República, mediante el Decreto 937 del 1º de junio del 2022, designó como alcaldesa encargada a Jennifer Andree Uribe Montoya, quien integró la terna que presentó el movimiento del que hace parte el burgomaestre suspendido”, indicó por último el Consejo de Estado, sin embargo, la magistrada Nubia Peña, aceptó estudiar las tutelas impuestas por el mandatario y tres ciudadanos.


Por su parte, el mandatario, quien ha hecho una férrea defensa de su caso, con el que busca el reintegro inmediato a su cargo, criticó la decisión del Consejo de Estado al que hizo llegar, junto a otros tres ciudadanos, demandas de acción de tutela argumentando que la suspensión ordenada por la Procuraduría “violaron sus derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a elegir y ser elegidos”.


" La Procuraduría confirmó la suspensión en instancia de consulta. (Obvio). El Consejo de Estado negó medida cautelar y dijo que Procuraduría puede destituir a líderes elegidos popularmente a pesar de que esto viola la Convención Americana. (Inesperado). Seguiremos resistiendo”, indicó por su parte el alcalde Daniel Quintero.

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